La conversión de una criptomoneda en stablecoin plantea una cuestión fiscal importante: ¿constituye un intercambio entre activos digitales, generalmente tratado como una operación intermedia, o una transmisión imponible? La hipótesis de una tributación que podría alcanzar el 31,4 % dependería de la evolución de las normas y de la forma en que se calificaran estas operaciones. Por tanto, este tipo no debe interpretarse, por sí solo, como prueba de que cada conversión en stablecoin ya tribute a ese nivel.
Las stablecoins son activos digitales diseñados para mantener un valor relativamente estable, a menudo vinculados a una moneda como el euro o el dólar. Se utilizan, entre otras cosas, para poner temporalmente a salvo una parte de una cartera, facilitar intercambios en plataformas o transferir fondos entre distintos servicios relacionados con las criptomonedas.
Sin embargo, su cercanía a las monedas tradicionales puede dificultar la interpretación fiscal. Un inversor que intercambia bitcoins por una stablecoin no recibe necesariamente euros en su cuenta bancaria. Pero sí ha transmitido un activo digital para obtener otro. La cuestión esencial es, por tanto, saber si la stablecoin se considera, para la operación en cuestión, otra criptomoneda o un equivalente de una moneda tradicional.
El tipo del 31,4 %: una hipótesis que debe distinguirse de la legislación aplicable
La cifra del 31,4 % remite a la idea de un impuesto a tipo fijo que podría aplicarse a determinadas ganancias. No significa automáticamente que todo intercambio entre dos activos digitales esté sujeto hoy a una tributación a ese tipo. Para que se aplique un gravamen de este tipo a una operación, las normas vigentes deben definirla como un hecho imponible y debe ser posible calcular una ganancia imponible.
Por tanto, es importante distinguir tres situaciones: una norma ya aprobada y aplicable, una modificación propuesta o debatida y una interpretación administrativa o jurídica de la normativa existente. Un anuncio sobre un posible cambio no basta para demostrar que este haya entrado en vigor. La fecha de la operación y el texto aplicable en esa fecha son determinantes.
Por qué la conversión en stablecoin plantea una cuestión fiscal particular
Cuando un titular vende una criptomoneda a cambio de euros, la realización de una transmisión suele ser fácil de identificar: el activo digital se vende a cambio de una moneda de curso legal. La situación es menos evidente cuando se intercambia por una stablecoin. Esta puede seguir la cotización de una divisa, pero, según su forma y el marco jurídico considerado, sigue siendo un activo digital con características propias.
Esta diferencia tiene consecuencias prácticas. Si la conversión se trata como un intercambio entre activos digitales, puede estar sujeta a un régimen distinto del aplicable a una venta a cambio de euros. Si se asimila a una salida hacia una moneda tradicional, podría, por el contrario, considerarse una transmisión imponible. La calificación que se adopte es, por tanto, el núcleo del debate.
Un valor estable no significa necesariamente que no haya una plusvalía
El hecho de que una stablecoin esté diseñada para seguir el valor de una divisa no garantiza que la operación no genere ninguna ganancia imponible. La posible plusvalía depende, entre otras cosas, del precio de adquisición de la criptomoneda transmitida, de su valor en el momento del intercambio, de los posibles gastos y de las normas de cálculo aplicables.
Por ejemplo, una persona que haya comprado un activo digital a un precio inferior a su valor en el momento de intercambiarlo por una stablecoin puede haber obtenido una revalorización económica. La cuestión fiscal consiste, a continuación, en determinar si esa revalorización debe tributar de inmediato o si su tributación se difiere hasta una transmisión posterior, por ejemplo, cuando se venda a cambio de euros.
El tratamiento de los intercambios entre activos digitales
El marco fiscal francés prevé un tratamiento particular para determinadas operaciones realizadas entre activos digitales. En el régimen aplicable a los particulares que actúan de forma ocasional, el intercambio de un activo digital por otro puede, bajo ciertas condiciones, no dar lugar a la tributación inmediata de la plusvalía. En ese caso, la tributación puede aplazarse hasta una operación posterior considerada una transmisión imponible.
Este mecanismo pretende evitar que un inversor tenga que pagar impuestos cada vez que cambia la composición de su cartera, incluso cuando no haya convertido necesariamente sus activos en moneda tradicional. No obstante, es preciso comprobar que la transacción pertenece efectivamente a la categoría correspondiente. El nombre comercial de un token o su aparente estabilidad no siempre bastan para determinar su situación fiscal.
El lugar de las stablecoins en esta categoría
Una stablecoin puede presentar distintos mecanismos según el emisor, las reservas que la respaldan, los derechos asociados al token y la forma en que puede intercambiarse o reembolsarse. Estos elementos pueden influir en su análisis jurídico. Así, dos tokens que sigan un valor cercano al del euro pueden no presentar exactamente las mismas características.
Esta diversidad dificulta establecer una regla general que afirme que las conversiones en stablecoins siempre tributan o están siempre exentas en el momento del intercambio. El análisis debe centrarse en la naturaleza del activo recibido, la estructura de la transacción y los textos aplicables. En caso de ambigüedad, es prudente conservar un registro preciso de la operación y solicitar asesoramiento adaptado a la propia situación.
¿En qué casos puede aplicarse un impuesto?
Una conversión puede adquirir relevancia fiscal cuando la operación se asimila a una transmisión imponible. Puede ser el caso, en particular, cuando un activo digital se vende a cambio de una moneda de curso legal o se utiliza para pagar una compra. También pueden darse otras circunstancias que modifiquen el análisis, en función de la naturaleza de los tokens intercambiados y del régimen aplicable al contribuyente.
También es necesario distinguir la conversión en sí de la posterior salida de la stablecoin. Aunque un primer intercambio entre activos digitales no dé lugar inmediatamente a un impuesto, la venta de la stablecoin a cambio de euros o su uso para comprar un bien o un servicio puede constituir una operación fiscalmente distinta. El tratamiento dependerá entonces de las normas vigentes en el momento de esa segunda operación.
El cálculo no consiste simplemente en aplicar un porcentaje al importe convertido
Un posible tipo impositivo no se aplica necesariamente a la totalidad de la suma intercambiada. Por regla general, el cálculo se basa en una ganancia imponible, determinada teniendo en cuenta el valor de transmisión y los elementos considerados para establecer el precio de adquisición o el coste total de la cartera. Las modalidades exactas varían según el régimen fiscal y la naturaleza de las operaciones.
Por tanto, conviene distinguir el importe recibido en una conversión del beneficio efectivamente obtenido. El valor total de la stablecoin recibida no equivale automáticamente a una renta imponible. Los gastos de transacción, los sucesivos precios de adquisición y las operaciones anteriores pueden influir en el cálculo, según las normas aplicables.
¿A quién podría afectar un cambio en la fiscalidad?
Una posible modificación afectaría, en primer lugar, a los particulares que utilizan stablecoins habitualmente para gestionar sus posiciones, asegurar temporalmente sus ganancias o realizar intercambios en plataformas. También podría afectar a los contribuyentes que realizan numerosas operaciones y ya deben llevar un seguimiento preciso de las fechas, los importes y los valores de sus transacciones.
La situación de los inversores que actúan en un marco profesional puede diferir de la de los particulares que realizan operaciones de forma ocasional. Los criterios de calificación, el régimen impositivo y las obligaciones de declaración pueden variar. Por tanto, no basta con observar la frecuencia de las conversiones para deducir, por sí sola, el régimen aplicable a cada persona.
Las operaciones realizadas a través de plataformas
Los intercambios realizados en una plataforma centralizada o descentralizada pueden complicar el seguimiento. Una conversión puede ejecutarse en varias etapas, incluir gastos distintos o pasar por diferentes tokens. Para determinar la naturaleza exacta de la operación, son especialmente útiles los justificantes disponibles en la plataforma y el historial de transacciones.
Conviene que los usuarios conserven los extractos, las confirmaciones de intercambio, las fechas, las cantidades, los valores estimados y los gastos cobrados. Esta información puede permitir reconstruir el precio de adquisición y el valor en el momento de cada transacción. Una documentación organizada también facilita la corrección de una declaración si se descubre un error.
Por qué una reforma podría modificar las normas actuales
Las autoridades pueden tratar de reducir las incertidumbres relacionadas con las operaciones que implican tokens vinculados a una divisa. Cuando los activos digitales desempeñan una función similar a la de una moneda de pago, puede resultar difícil aplicar la frontera entre el intercambio de criptomonedas y la conversión en moneda. Por ello, una reforma legislativa podría aclarar el tratamiento de determinadas operaciones o establecer normas específicas.
Sin embargo, una modificación de este tipo tendría que definir claramente los activos afectados, las operaciones contempladas, la fecha de entrada en vigor y las modalidades de cálculo de las ganancias. Sin estas precisiones, los contribuyentes podrían tener dificultades para distinguir una conversión imponible de un intercambio cuya tributación se difiere. Las normas transitorias también serían importantes para los tokens adquiridos antes de una posible reforma.
Posibles consecuencias para la gestión de las carteras
Si determinadas conversiones pasaran a tributar en el momento de realizarse, los inversores podrían tener que incluir un coste fiscal en operaciones que antes efectuaban para reequilibrar una cartera. También podrían tener que calcular las ganancias con mayor frecuencia, incluso cuando no hubieran transferido fondos a su cuenta bancaria.
Este cambio podría modificar las decisiones entre vender directamente a cambio de una moneda tradicional, intercambiar por una stablecoin o conservar el activo inicial. También podría aumentar la importancia de las herramientas de seguimiento y de conservar los justificantes. Sin embargo, el efecto concreto dependería del alcance de la reforma y de las posibles excepciones previstas.
Aspectos que deben comprobarse antes de declarar una conversión
Antes de concluir que una conversión está sujeta a impuestos o que se beneficia de un aplazamiento de la tributación, es preciso comprobar la naturaleza exacta de los activos intercambiados, la fecha de la transacción, la condición del contribuyente y el texto aplicable en ese periodo. También es necesario distinguir una simple operación de cartera de una venta a cambio de una moneda de curso legal o del pago de bienes y servicios.
-
Identificar los tokens transmitidos y recibidos, así como sus características.
-
Conservar los detalles de la transacción, su fecha, las cantidades intercambiadas y los gastos asociados.
-
Determinar si la operación es un intercambio entre activos digitales, una venta a cambio de una moneda de curso legal o un pago.
-
Comprobar las normas vigentes para el año correspondiente y el régimen fiscal aplicable a la situación del contribuyente.
-
No confundir un tipo anunciado o previsto con una norma definitivamente aprobada y aplicable.
Por tanto, la posibilidad de una tributación que podría alcanzar el 31,4 % debe examinarse con prudencia. El tipo mencionado no permite determinar, por sí solo, si una conversión concreta está sujeta a impuestos ni qué importe constituiría la base imponible. La respuesta depende de la calificación jurídica de la operación y de las disposiciones efectivamente vigentes en la fecha en que se realiza.







